Los letrados del Senado no ven «base constitucional» en el veto de enmiendas aprobado por el Congreso
La nota de la Secretaría General de la Cámara Alta remarca que el Gobierno debería haber recurrido a la vía judicial
El PP acudirá en amparo al Tribunal Constitucional y registrará un recurso de inconstitucionalidad

El Senado planta cara al Gobierno. La ley de desperdicio alimentario, aprobada por el Congreso el 20 de marzo, pero sin que el Pleno se pudiese posicionar, por primera vez en democracia, sobre algunas de las enmiendas introducidas en el texto, sigue generando fricciones. ... Tras anunciar el PP este fin de semana que acudirá en amparo al Tribunal Constitucional y registrará un recurso de inconstitucionalidad por el procedimiento legislativo en dicha norma, la Secretaría General de la Cámara Alta ha emitido este lunes una nota a la Mesa de esta institución en la que recalca que no hay «base constitucional alguna» para la decisión adoptada por su órgano homólogo en la Cámara Baja.
En el criterio de la Secretaría General del Senado, al que ha tenido acceso ABC, el departamento encabezado por la letrada mayor de la Cámara Alta, Sara Sieira, concluye: «Por primera vez en nuestra historia constitucional, la Mesa de una de las cámaras, a causa de un acuerdo del Gobierno, no respeta, tal cual es remitido, el texto aprobado por el Pleno de la otra y decide, sin base constitucional alguna, someter a debate y votación del Pleno del Congreso un texto distinto al enviado por el Senado, un texto mutilado y, por tanto, alterado sustancialmente».
La disputa, como publicó este diario, se encamina a un doble choque institucional entre el Senado y el Congreso, por extraer este segundo enmiendas que la Cámara Alta ya había incorporado al texto de la ley de desperdicio alimentario, y entre el Senado y el Gobierno, al entender este último que el primero no tenía legitimidad para rechazar la disconformidad expresada por el Ejecutivo contra algunos de los cambios registrados en la norma.
Consciente de esto, en un escrito de cuatro páginas, la Secretaría General de la Cámara Alta determina: «En lugar de impedir la tramitación de las enmiendas del Senado, la Mesa del Congreso debió rechazar la disconformidad del Gobierno y, una vez celebrado el Pleno, el Gobierno podía haber recurrido a la vía judicial, como así lo ha establecido claramente la STC 167/2003, de 22 de noviembre de 2023».
El Gobierno, como recoge el artículo 134.6 de la Constitución, tiene la capacidad de vetar cualquier enmienda que suponga un aumento del gasto o una disminución de los ingresos. No obstante, la Mesa del Congreso y la Mesa del Senado son soberanas para rechazar la disconformidad manifestada por el Ejecutivo si se extralimita. La Moncloa propuso el veto, entre otras, a las enmiendas número 5 (Junts), 104 (PP), 109 y 110 (ERC). La Cámara Alta lo levantó y durante la tramitación fueron incorporadas a la ley de desperdicio alimentario la 104 (rebaja del IVA de alimentos básicos) y una transaccional de la 5, 109 y 110 (apoyo a la cogeneración eficiente en el sector porcino).
Esas enmiendas, la 104 y la transaccional con base en la 5, la 109 y la 110, por tanto, debieron debatirse en el Congreso para que este las aceptase o rechazase por mayoría simple como establece el artículo 90.2 de la Carta Magna. Sin embargo, el 18 de febrero los miembros de PSOE y Sumar llegaron a la reunión de la Mesa con un nuevo escrito de disconformidad del Gobierno con la tramitación de los cuatro cambios, a pesar de que técnicamente eran dos los introducidos en la ley al haberse transaccionado tres de ellos. En contra del criterio del letrado mayor de la Cámara Baja, Fernando Galindo, el PSOE y Sumar excluyeron del texto esas modificaciones y elevaron al Pleno una norma sin todo lo aprobado por el Senado.
Los servicios jurídicos de la Cámara Alta subrayan que la Mesa del Congreso no podía posicionarse sobre enmiendas registradas en el Senado
La Secretaría General del Senado considera que el Gobierno ejerció «sin ninguna legitimidad» su capacidad de veto en el Congreso porque las enmiendas ya habían sido aprobadas por la Cámara Alta y habían «desaparecido» al incorporarse al proyecto de ley. Además, añade: «Ni puede ahora la Mesa del Congreso realizar una suerte de reviviscencia del plazo de que el Gobierno dispuso en el Senado para ejercer dicha facultad ni puede hacerlo en otra cámara que no es aquella en la que se han presentado las enmiendas». «No estamos ante enmiendas del Congreso», apostilla.
El Gobierno, según la Secretaría General de la Cámara Alta, debería haber registrado también una propuesta de veto en el Senado a la enmienda transaccional que nace de la 5, la 109 y la 110, y no recuperar en el Congreso la disconformidad que ya manifestó respecto a todas ellas por separado. En la nota, los servicios jurídicos de la institución presidida por Pedro Rollán también enumeran la petición de PP, ERC y Junts de modificar el orden del día del Pleno para aplazar el debate de la ley —Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, que presidía la sesión, incumplió el artículo 68.1 del Reglamento— y la posterior resolución de la Mesa, de nuevo con la mayoría de PSOE y Sumar, de rechazar sus escritos de reconsideración.
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